Q&A´s FINSUS (Dudas más comunes)
De acuerdo con la ley del impuesto sobre la renta, en México Financiera Sustentable como SOFIPO está obligada a retener el ISR de ingresos por inversiones y enterarlo a la autoridad mexicana.
Solo se aplica la retención cuando la suma del capital invertido (en este caso será la suma de las inversiones del cliente) es mayor al monto exento de $175,505.40.
El costo de la UMA (para la parte exenta será el siguiente, el cual será aplicable a partir del 1 febrero 2022:
Se toma la UMA anual 2022 x5 veces($35,101,08×5=175,505.40)
Es decir, el Impuesto sobre la renta se calcula y retiene sobre el excedente del capital menos la parte exenta vigente en el ejercicio.
El ISR por inversiones se retiene al momento del pago de intereses, es por eso por lo que FinSus lo retiene y entera cuando se paga interés al inversionista en proporción a los días de pago de los intereses.
Con base en la nueva Ley de ingresos de la federación que aplica a partir del 01 enero 2022, misma que en el artículo 21 indica que el factor de Retención de ISR por inversiones para el 2022 será del 0.08%
LIF 2022
El Gobierno Federal, a través de la SHCP constituye el «Fondo de Protección de Sociedades Financieras Populares y Protección a sus Ahorradores» (FONDO DE PROTECCIÓN), como parte de un sistema de unidad financiera para contribuir al ordenamiento y consolidación del Sector del Ahorro y Crédito Popular, en beneficio de la población de más escasos recursos.
Fondo De Protección podrá cubrir hasta 25,000 Unidades de Inversión (UDIS), en caso de que la Entidad de Ahorro y Crédito Popular se liquide o desaparezca. Financiera Sustentable se encuentra asociada al Fondo de Protección.